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DEDUCCIONES DEL ARTÍCULO 30 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA EL
PERÍODO 2024
Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2023, con
valor de 2,411797905.
CONCEPTO DEDUCIBLE | IMPORTE DEDUCCION |
Ganancias no imponibles [Artículo 30, inciso a)]: | 1.089.368,57 |
Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)] | |
1. Cónyuge: | 1.015.579,74 |
2. Hijo: | 512.160,65 |
2.1. Hijo incapacitado para el trabajo | 1.024.321,30 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1] | 3.812.790,04 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1 “nuevos profesionales/emprendedores”] | 4.357.474,33 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 2] | 5.228.969,23 |
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Las sociedades de capital, por sus ganancias netas imponibles, abonarán el gravamen empleando la escala que se detalla a continuación:
GANANCIA NETA IMPONIBLE ACUMULADA |
PAGARÁN |
MÁS EL % |
SOBRE EL EXCEDENTE DE $ |
|
MÁS DE $ |
A $ |
|
|
|
$ 0,00 |
$ 34.703.523,08 |
$ 0,00 |
25 % |
$ 0,00 |
$ 34.703.523,08 |
$ 347.035.230,79 |
$ 8.675.880,77 |
30 % |
$ 34.703.523,08 |
$ 347.035.230,79 |
En adelante |
$ 102.375.393,08 |
35 % |
$ 347.035.230,79 |
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Fuente: Consejo Profesional de CABA
26/09/2023
En el marco de los anuncios que el Ministro de Economía realizó en nuestro Consejo días atrás, la AFIP reglamentó el incremento del mínimo no sujeto a retención para el ejercicio de profesiones liberales y actualización de la escala.
Este hecho representa un gran resultado y refleja el trabajo coordinado que venimos llevando con las autoridades gubernamentales y de organismos públicos, en lo que hace al beneficio de nuestros colegas y miles de contribuyentes.
La novedad se publicó en el Boletín Oficial bajo la RG 5423, la cual define la creación del código de régimen 119 aplicable exclusivamente a profesiones liberales y oficios fijando un piso no sujeto a retención de $ 160.000 y una nueva escala.
Los nuevos importes rigen a partir del 1 de octubre. No obstante, a los efectos de informar las retenciones practicadas para los pagos efectuados bajo el nuevo código 119, los agentes podrán utilizar hasta el 31 de diciembre el código 116.
Se aclara que las funciones de albacea, mandatario y gestor de negocio se mantienen en el código de régimen 116 y no están alcanzadas por el incremento.
El viernes 22 de septiembre tras la conferencia del Ministro Massa en el Consejo, nuestra presidenta Dra. Gabriela Russo, explicó que “la modificación de la RG 830, implica una reducción en las retenciones de Ganancias de los honorarios de más de 300 mil profesionales en todo el país. Esta cuestión la hemos logrado actualizar y estará la reglamentación la semana próxima". Finalmente, la Administración Federal procedió con la oficialización de la medida.